Requisitos para el Subsidio de Lactancia

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De suma importancia se considera en la actualidad proveer de elementos que garanticen a la población el derecho de gozar de una maternidad saludable y que al mismo tiempo eleve la esperanza de vida de los niños nacidos.

En Bolivia el Estado a través de los años ha ido mejorando e integrando diferentes controles y subsidios para mejorar las condiciones de vida de las futuras madres y niños en sus primeros meses de vida, tal es el programa de lactancia por medio de la generación de subsidios. El mismo se ha establecido por medio de Ley Nacional para garantizar su ejecución y acceso a la población.

¿Qué es la ley de subsidio de lactancia en Bolivia?

Con el fin de garantizar a salud de la madre y del niño desde antes de su nacimiento, el Estado Boliviano aprobó mediante Decreto de Ley Nº 3460 del 15 de Agosto del año 2006, que las madres gestantes y las que han dado a luz durante los primeros meses pueden ser consideradas y tienen derecho a recibir un subsidio por parte del estado.

El subsidio de lactancia comprende una serie de artículos de consumo que son destinados a mejorar la alimentación de la mujer en estado de gestación y se compone aproximadamente de la siguiente forma:

  • 30% de cereales y derivados.
  • 10% de verduras.
  • 10% de frutas.
  • 20 % de lácteos.
  • 20% de carnes y derivados.
  • 5% de azúcares y otros.
  • 5% de aceites.

Los artículos que conforman el total del subsidio se calculan en un monto de Bs. 2000 y está muy cerca de equivalente a un salario mínimo.

En el capítulo XI de la Ley Nº3460 se establecen de manera muy específica cuales son los elementos que componen el subsidio de lactancia y que deben ser tomados en cuenta. Un ejemplo muy importante es que la ley establece que el subsidio no puede contener ningún alimento o sucedáneos de leche materna, fórmulas especiales o complementos de leche para menores.

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Requisitos para el Subsidio de Lactancia

Dentro de las posibilidades que ofrece la ley está que el subsidio puede ser entregado por diferentes empresas que han ganado su designación ante el estado como distribuidoras del subsidio y que al entregarlo están en la obligación de informarle a las futuras madres o madres lactantes que los productos son para su exclusiva nutrición y salud y que no son alimentos para los menores de seis meses.

Otro punto muy importante es que los elementos que son parte del paquete del subsidio no deben ser utilizados en ningún tipo de comercialización y que en la medida de lo posible deben ser consumidos por la madre, para que el buen estado de salud contribuya en la mejora de la calidad de la lactancia materna.

La ley comprende además disposiciones sobre la presentación y el etiquetado de los productos y prohíbe que estos contengan frases o imágenes que puedan generar ideas equívocas sobre la lactancia materna o que desvirtúen las bondades de este proceso.

¿Qué requisitos son necesarios?

Los requisitos para el subsidio de lactancia y el subsidio prenatal son los mismos y se distribuyen de la siguiente forma:

Madres aseguradas: aquellas que son empleadas o que son aseguradas indirectas por su esposo o las menores de edad por sus progenitores o quienes ejerzan la tutela, deben ir a un centro médico donde se le extienda un certificado de atención prenatal y estar en el quinto mes de embarazo. Este documento se le presenta al empleado y este deposita el monto correspondiente en el Sedem, lugar donde se registra la beneficiaria y se emite la boleta de asignación familiar en la planilla.

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Las madres aseguradas pueden cobrar el subsidio hasta que el niño cumpla un año de edad.

Las madres no aseguradas sólo cobrarán el subsidio los últimos cuatro meses de embarazo, bajo la modalidad de subsidio universal, que debe ser tramitado bajo el bono Juana Azurduy, para el que deben acceder a centros autorizados para ingresar al programa.

¿Cómo se paga?

El subsidio de lactancia no se paga en dinero, pero el monto se le brinda a la favorecida con una serie de productos que cumplen con reglamentos estipulados por el Estado Boliviano y aprobado por el Ministerio de Salud, de los cuales podemos citar la siguiente lista:

  • Miel de abeja
  • Flan a base de leche fortificado con calcio
  • Crema de leche
  • Frutos secos
  • Galletas
  • Leche en polvo
  • Mate
  • Cereales fortificados
  • Azúcar
  • Arroz
  • Cacao en polvo

Se han agregado otros productos frescos como la carnes y pescados, frutas y vegetales frescos que se pueden adquirir en diferentes establecimientos.

Los productos se elaboran con fuentes primas que se consideran para cubrir todas las necesidades nutricionales básicas de la mujer en período de gestación y lactancia, además algunos de ellos han sido fortificados para asegurar la ingesta apropiada de minerales y vitaminas, cuya demanda en fases especiales como la lactancia es más alta.




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